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Art.667 de la LECR

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #317822
    LN30
    Participante

    Hola, en este articulo cuando se menciona el término de 3 dias, se plantea que sería a contar desde el de la entrega de los autos para la calificación de los hechos. ¿Cuál sería esta entrega de autos?. No me ubico con las diferentes fases. Gracias. Saludos.

    #317823
    limartix
    Participante

    Hola LN30,

    En los “autos” se refiere al traslado a 🙄 las partes del auto de apertura del juicio oral. Desde ese traslado, las partes disponen de 5 dias para remitir los escritos de calificacion.
    Y en el interin de esos 5 dias, es en los 3 primeros, en los que pueden plantear los art de previo pronunciamiento, como por ej, la declinatoria.

    Espero estar en lo cierto….

    Saludos

    #317824
    Anónimo
    Invitado

    Estupendo “limartix”
    La parte, en vez de presentar escrito de conclusiones (defensa) aprovechará los tres primeros días para formular sus artículos de previo pronunciamiento, sin presentar aquél escrito de defensa o conclusiones provisionales

    Gracias

    #317825
    LN30
    Participante

    Buenos dias, limatrix, gracias por tu respuesta, ya lo veo más claro. Y gracias también a ti Baldo por contestar también. Saludos.

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