Foros OPOSITAS

recurso de queja civil art 494 LEC

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #317634
    aliche74
    Participante

    Estimados compañeros:
    Tengo esta duda:
    En el articulo 494 de la LEC, se dice que “el recurso de queja se interpone ante el órgano al que corresponde resolver sobre el recurso no tramitado”. Debo entender que se debe interponer el recurso de queja ante la Audiencia Provincial que es la que deberia de haber resuelto el recurso de apelación no tramitado. A ver si alguién me responde por favor. Muchas Gracias

    #317635
    Anónimo
    Invitado

    Hola Aliche:

    Efectivamente el recurso de queja es presentado y resuelto por el Órgano Judicial al que hubiera correspondido resolver el recurso “vertical” que previamente no se ha admitido a trámite

    Por ello, si se trata de un recurso de apelación civil es cierto que sería competencia de la Audiencia Provincial.

    Para los de infracción procesal y casación serán competentes el Tribunal Superior de Justicia o Tribunal Supremo según los casos

    Espero haber resuelto tu duda

    [center]CENTRO DE FORMACIÓN Y ACADEMIA DE OPOSICIONES OPOSITAS
    OPOSICIONES JUZGADOS Y TRIBUNALES
    Avda. Puerta de Madrid 15, Pasaje. Andújar
    Calle Maestra Balbina Cerdeño 4. Puente Genil
    http://www.opositas.com
    http://www.opositasformacion.com
    http://www.opositaspuentegenil.com[/center%5D

    Saludos

    #317636
    aliche74
    Participante

    Muchas Gracias Bg todo aclarado.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?