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Duda competencia en ejecución de desahucios

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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #317404
    Cudiximale
    Participante

    Buenas tardes, compañeros.

    Mirando las modificaciones que se han producido en la LEC en junio, he encontrado una respecto a la ejecución de desahucios, donde se dice que para acelerar el lanzamiento el Secretario puede autorizar la presencia de un único funcionario de la categoría de Gestor (Art. 703.1).

    Mi pregunta es, ¿puede el Gestor ejecutar un lanzamiento? Tengo entendido que esa era una competencia del Cuerpo de Auxilio.

    Saludos.

    #317405
    Academia Opositas
    Participante

    En la práctica y hasta donde yo se, salvo mejor explicación de los moderadores o tutores, se hacen en comisión judicial compuesta por un funcionario de auxilio y un Secretario/Gestor, tanto los lanzamientos como los embargos asi como alguna otra cosa mas, los cuales son realizados por el SCNE del Juzgado.

    El funcionario de auxilio practica la diligencia y quien documenta o da fe de ese acto procesal es el Secretario judicial o Gestor procesal habilitado.

    #317406
    aliche74
    Participante

    Hola compañeros:

    Por lo que yo entiendo, sólo es para el supuesto de los desahucios por falta de pago, donde el gestor procesal ejecuta y documenta el lanzamiento siempre con la autorización del secretario judicial . En los demás casos, si es necesaria como bien dice jufecam, la intervención tanto del gestor procesal como del funcionario de auxilio judicial.Las competencias tanto de uno como de otro no han sido alteradas con la nueva modificación de la LOPJ de 28 de junio. Saludos

    #317407
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas noches:

    Creo que tal y como dice Aliche esta modificación afecta solo al caso de desahucio por falta de pago de rentas.

    Hasta ahora sabíamos que la comisión judicial la podían formar:

    1. Funcionario de auxilio y Gestor
    2. Funcionario de auxilio y Secretario Judicial, si así lo cree conveniente el Secretario.

    Y con esta nueva actualización, cabría una tercera posibilidad en el caso de desahucio por falta de pago:

    3. Gestor auxiliado en su caso por la fuerza pública

    Saludos

    #317408
    Cudiximale
    Participante

    Gracias compañeros por vuestra aportación.

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