Hola Compañeros tengo un duda en la pregunra 39
39. En cuanto a la reconvención en los procesos matrimoniales y de menores:
a) no se admite en este tipo de procedimientos
b) se admite en este tipo de procedimientos, sin limitación alguna
c) sólo se admitirá la reconvención cuando se funde en alguna de las causas que puedan dar lugar a la nulidad del matrimonio, a la separación o al divorcio o cuando el cónyuge demandado pretenda la adopción de medidas definitivas que no hubieran sido solicitadas en la demanda y sobre las que el tribunal no deba pronunciarse de oficio
d) ninguna respuesta es cierta.
EL test dá como válida la c). A mi esta respuesta me crea duda, porque hay más supuestos en los que se dá la reconvención y no sólo los que se expone en la respuesta c), aunque si es cierto que están relacionados con la separación o divorcio del matrimonio. No sé si me explico bién pero puedo entender que la respuesa podría ser la d), porque no se atiene al tenor literal del articulo 770, apartado 2.¿ Qué pensais podría ser la respuesta la d)?. Muchas Gracias