Buenas tardes.
Creo que el enunciado de la pregunta 16 de dicho test, si no estoy equivocada induce a error.
16. ¿Cuándo resolverá el tribunal sobre las medidas provisionales solicitadas de común acuerdo con anterioridad a la vista?
a) en un plazo de 10 días desde que se propongan, al igual que las propuestas con posterioridad.
b)en el acto de la vista, mediante auto.
c)en un plazo de 10 días anteriores a la fecha de la vista.
d)en la sentencia que resuelva el procedimiento, al igual que las propuestas con anterioridad.
El test da como correcta la d) según el art. 774.3. Según este artículo el tribunal resolverá en la sentencia las medidas solicitadas de común acuerdo por los cónyuges tanto si hubieran sido adoptadas en concepto de provisionales como si se huberan propuesto con posterioridad.
Yo creo que el enunciado induce a error a la hora de contestar ya que en este caso, al que se refiere este artículo, no se solicitan las medidas provisionales anteriores a la vista, sino que resolverá sobre la elevación a definitivas de las medidas provisionales adoptadas anteriormente.
¿Alguien me podría indicar si opina lo mismo que yo, o si por el contratio estoy equivocada?
Saludos.