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DUDA TEST CIVIL 59- PREGUNTA 28

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #316933
    MACC
    Participante

    Según el art. 641.1, el enunciado de la pregunta 28. Creo que seria ¨ El Secretario Judicial podra acordar, mediante diligencia de ordenación, que el bien lo realice persona especializada y conocedora del mercado en que se compran y venden esos bienes y en quien concurran los requisitos legalmente exigidos para operar en el mercado de que se trate¨:

    a) a petición del ejecutante o del ejecutado

    b) a petición del ejecutante o del ejecutado con consentimiento del ejecutante y cuando las caracteristicas del bien embargado así lo aconsejen

    c) de oficio si se dan las circunstancias necesarias para ello

    d) sólo a petición del ejecutante y si se dan las circunstancias necesarias para ello

    Es compentencia exclusiva del Secretario Judicial acordar que el bien lo realice persona especializada y conocedora del mercado?

    #316934
    aliche74
    Participante

    Hola Macc
    Llevas razón. Esa pregunta está formulada con arreglo a la LEC 1/2000 de 7 de enero. La LEC ha sufrido posteriormente otra modificación con la ley 13/09 de 3 de Noviembre de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, donde el articulo 641 fué modificado por ésta ley. Antes esa competencia la tenian los jueces y acordaban que la venta se hiciera por persona o entidad especilizada mediante providencia. Ahora con la ley 13/09, esa competencia ya no corresponden a los jueces sino al secretario judicial. Saludos

    #316935
    MACC
    Participante

    Aliche74, gracias por tu respuesta.

    Saludos.

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