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juicio ordinario. DUDA RECONVENCIÓN

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #316902
    alaya
    Participante

    Hola, no entiendo el siguiente párrafo de la ley:

    “si frente a la pretensión actora de condena al pago de cantidad de dinero,
    el demandado alegare la existencia de crédito compensable, dicha alegación podrá
    ser controvertida por el actor en la forma prevenida para la contestación
    a la reconvención, a
    unque el demandado sólo pretendiese su absolución y no la condena
    al saldo que a su favor pudiera resultar.

    LA DUDA: SI EL DEMANDADO PUEDE ALEGAR LA EXISTENCIA
    DEL CRÉDITO COMPENSABLE EN LA RECONVENCIÓN ¿QUÉ ES LO QUE PUEDE
    HACER EL ACTOR EN LA CONTESTACIÓN DE LA RECONVENIÓN?

    Gracias

    #316903
    Anónimo
    Invitado

    Hola, Alaya:

    La situación es que el legislador a efectos procesales da el mismo tratamiento a la alegación de crédito compensable que a la reconvención.

    Por tanto, si el demandado formula reconvención se dará traslado al demandante para que sobre ella alegue lo que a su derecho convenga (igual que se hace con la reconvención)

    Saludos

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