Tengo una duda en el test de anoche en la pregunta 40 que dice:
En el caso de existir varias mesas electorales corresponde su distribución a:
a) los sindicatos con capacidad para promover elecciones
b) la mesa coordinadora
c) la administración electoral
d) ninguna respuesta es correcta
Se da como buena la “B” pero mi duda es ¿ porqué no podría ser la “A” según el apartado 1 del artículo 25 de la ley de órganos de representación? que dice que:
Los sindicatos con capacidad, para promover elecciones en cada unidad electoral, podrán acordar en la misma, por mayoría, el número y “LA DISTRIBUCIÓN” de las distintas mesas electorales. De no existir acuerdo se constituirá una Mesa Electoral por cada 250 funcionarios o fracción, otorgándose la facultad de distribuir las Mesas existentes, si fueren varias, a la Mesa electoral coordinadora.
Yo entiendo que éste apartado, da la facultad de distribución a la Mesa coordinadora, cuando no haya acuerdo entre los sindicatos con capacidad para promover elecciones.
Me gustaría saber vuestra opinión al respecto. Gracias, un saludo