en un principio, dice que:
“La parte proponente podrá hacer constar su protesta en el acto contra la inadmisión de cualquier medio de prueba, diligencia o pregunta”
y luego más adelante leo:
“Contra la resolución que se dicte sobre la pertinencia de la práctica de la prueba y en su caso de la unión a los autos de su resultado o del elemento material que incorpore la misma, sólo cabrá recurso de reposición, que se interpondrá, se dará traslado a las demás partes y se resolverá oralmente en el mismo acto del juicio o comparecencia, quedando a salvo el derecho de las partes a reproducir la impugnación de la prueba ilícita en el recurso que, en su caso, procediera contra la sentencia”
MI PREGUNTA ES: CONTRA LA INADMISIÓN DE LA PRUEBA EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL QUÉ ES LO QUE PROCEDE: ¿PROTESTA O RECURSO DE REPOSICIÓN?
GRACIAS