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duda

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #315210
    pakitoway
    Participante

    Que diferencia existe entre “juzgados y tribunales” y “jueces y tribunales”
    En el artículo 7 de la LOPJ:Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo Segundo del Título I de la Constitución vinculan, en su integridad, a todos los Jueces y Tribunales y están garantizados bajo la tutela efectiva de los mismos….
    Los Juzgados y Tribunales protegerán los derechos e intereses legítimos, tanto individuales como colectivos, sin que en ningún caso pueda producirse indefenso. Para la defensa de estos últimos se reconocerá la legitimación de las corporaciones, asociaciones y grupos que resulten afectados o que estén legalmente habilitados para su defensa y promoción.

    #315211
    camaji
    Participante

    Hola pakitoway

    Yo creo que ambos términos los utiliza el legislador como sinónimos para referirse tanto a órganos individuales como colegiados.

    Saludos

    #315212
    MYM
    Participante

    Efectivamente, los juzgados y jueces se refieren a órganos unipersonales servidos por un juez o magistrado (Juzgado de PI, Juzgado de Intrucción, Juzgados de lo Penal, Juzgados de lo C-A, Juzgados Centrales…) y los Tribunales se refieren a órganos colegiados (Audiencias Provinciales, Audiencia Nacional, TSJ, TS)

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