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DUDA EJECUCIÓN

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #314897
    Academia Opositas
    Participante

    La ejeucción puede comenzar por siemple solicitud o por demanda.

    Bien, pues la siemple solucitud solo necestia que se identifica la resolución judicial o procesal, y la demanda, cuando no sea judicial o procesal necesita la identificación del titulo , tutela efeciva, bienes, medidas de localización, ete.

    ¿es correcto?

    #314898
    Academia Opositas
    Participante

    mi duda es que si se inicia por simple solicitud ¿es necesario acompañar la solicitud con los documentos que se mencionan para la demanda?

    #314899
    MYM
    Participante

    No, en los casos en que se solicite la ejecución de un título judicial no hay que acompañar ningun documento de los del art. 550 LEC, basta la solicitud indicando la sentencia o resolución cuya ejecución se pretende.

    #314900
    Academia Opositas
    Participante

    GRAAAAAAAACIAS

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