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DUDA COMPETENCIA FUNCIONAL, ART. 62 LEC

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #313991
    Epc00011
    Participante

    Buenas tardes! El art. 62 LEC establece que no serán admitidos a trámite los recursos dirigidos a un tribunal que carezca de competencia funcional para conocer de los mismos. Si el tribunal entiende que no tiene competencia dictará auto absteniéndose de conocer previa audiencia de las partes personadas por plazo común de diez días.

    Mi duda es: no se le da traslado al Ministerio Fiscal??si no lo he entendido mal, siempre en casos de incompetencia del tribunal se le tiene que dar traslado…pues me extraña que en este caso no haya que hacerlo.

    Saluditos.

    #313992
    MYM
    Participante

    Pues conforme está redactado el artículo parece que en ese caso concreto sólo se da traslado a las partes.

    #313993
    franjocado
    Participante

    Me imagino que habria que ver quienes eran las partes en el proceso que se recurre, ya que si era parte el M.F. también se le dará traslado a él.

    #313994
    Epc00011
    Participante

    Creo que no tiene nada que ver que sea parte el Ministerio Fiscal o no en el proceso no?sino que siempre hay que darle traslado en casos de incompetencia antes de inhibirse el juzgado o tribunal. En fin, que tendremos que atenernos a la literalidad…

    Ánimo y saluditos compañeros. Gracias

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