Foros OPOSITAS

Art. 104.1 Contencioso-Administrativo

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #313648
    CristinaSalvago
    Participante

    Buenos días:
    Tengo una duda respecto a los plazos

    104.1. “Luego que sea firme una sentencia, el Secretario judicial lo comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, recibida la comunicación, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.”

    Vamos a ver, a lo mejor es reiterar pero se me están cruzando los plazos; una vez sea firme la sentencia el SJ tiene un plazo de 10 días para comunicársela al órgano correspondiente y una vez recibida la comunicación dicho órgano tiene otros 10 días para:

    1. practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo
    2. indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.

    Es decir, ¿son 10 + 10?

    ¿Esto es así?

    Gracias

    #313649
    MYM
    Participante

    Si, es exactamente así, en 10 días el secretario la comunica y en otros 10 días el órgano encargado del cumplimiento debe llevarla a efecto.

    #313650
    CristinaSalvago
    Participante

    Gracias MYM,

    #313651
    Anónimo
    Invitado

    Perfecto; así es

    A ello habría que añadir los plazos para cumplir la sentencia o para solicitar la ejecución forzosa.

    Saludos.

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