Foros OPOSITAS

DUDA RECURSO SENTENCIA JUICIO DE FALTAS

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #313428
    MYM
    Participante

    Respecto al Juicio de Faltas establece el Artículo 976 LECR que:

    “1. La sentencia es apelable en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se hallarán las actuaciones en secretaría a disposición de las partes.

    2. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 790 a 792”.

    Por tanto, debemos entender que el plazo para recurrir son 5 días pero el plazo para impugnar el recurso o para alegaciones de la parte contraria son 10 dias no? conforme al art. 790. 5 LECR:

    “5. Admitido el recurso, el Secretario judicial dará traslado del escrito de formalización a las demás partes por un plazo común de diez días. Dentro de este plazo habrán de presentarse los escritos de alegaciones de las demás partes, en los que podrá solicitarse la práctica de prueba en los términos establecidos en el apartado 3 y en los que se fijará un domicilio para notificaciones”.

    #313429
    azaria
    Participante

    Sí, contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la audiencia provincial en el plazo de 5 días desde la notificación. Admitido el recurso (por el secretario, no?), se da traslado a las demás partes por un plazo común de 10 días para que hagan alegaciones si lo estiman conveniente.

    #313430
    Anónimo
    Invitado

    Estais en lo cierto.
    El trámite, en consecuencia, es similar al de la apelacion del procedimiento abreviado, pero como veis, varía el plazo de interposición.

    Azaria, efectivamente, admitiría a trámite el Secretario

    Saludos.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS