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dudas civil

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #313196
    mariquer69
    Participante

    Hola alguien me puede explicar el parrafo del art 403 2 “ Sin embargo, podrá ejercitarse mediante reconvención la accíón conexa que, por razón de la cuantía, hubiere de ventilarse en juicio verbal.
    Asi como también el art. 521. sentencias declarativas ¿ y sentencias constitutivas? ❓ Muchas gracias.

    #313197
    berbel
    Participante

    Yo lo entiendo de esta manera: Imagina que tú y yo mantenemos relaciones comerciales de cualquier tipo, y que a raíz de ellas tú me adeudas 7000 euros, así que presento un ordinario. Tú contestas la demanda y a continuación reconvienes y me reclamas a mí 3000 euros, esta última reclamación dimana de las mismas relaciones comerciales que tú y yo manteníamos, de ahí lo de “acción conexa”. En resumen, creo que lo que quiere decir el 406.2 es que las dos reclamaciones (mi demanda y tu reconvención) tienen que tener algún tipo de “conexión”, algo que las relacione de alguna manera. En el ejemplo que te he puesto ese nexo de unión es la relación comercial que mantenemos, las dos reclamaciones tienen el mismo origen.
    Espero haberte ayudado.
    En cuanto a lo de las sentencias declarativas y constitutivas, las primeras acreditan la existencia de un derecho (por ejemplo que tienes una servidumbre de paso por la finca de tu vecino que él negaba, la Sentencia “declarará” que efectivamente esa servidumbre existía y existe) y las segundas crean una situación jurídica que antes no existía, por ejemplo una sentencia de divorcio.
    Por supuesto, todo esto salvo mejor criterio del moderador.
    Espero haberte ayudado.
    Saludos.

    #313198
    Anónimo
    Invitado

    Berbel, con tu permiso, el moderador “hace suyas” las respuestas que acabas de ofrecer
    Perfecto

    Añado, por intervenir un poco, que como sabemos no son ejecutables las sentencias meramente declarativas o constitutivas, salvo que contuvieran elementos de condena. Ha sido objeto de algunas preguntas en exámenes oficiales

    Es un lujo administrar o moderar un foro con tanta participación y mutua ayuda

    Gracias por vuestra confianza. Sigamos.

    Saludos

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