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12 octubre, 2011 a las 3:55 pm #313159
guillermo1973ParticipanteHola , como va todo? Día de fiesta nacional, y como nada, currando como si nada…. en fin, la recompensa será grande.
Estudiando sobre el Consejo General del POder Judicial, entre las funciones del Pleno está la de resolver sobre los recursos de alzada que se interpongan contra los acuerdos de las Salas de Gobierno de los TSJ. Vale. Mi pregunta es: y contra los acuerdos de la Sala de Gobierno del T.S y de la AN? porque contra estos acuerdos también cabrá recurso administrativo, digo yo.Alguien lo sabe? es que llevo toda la tarde comiéndome la cabeza y no lo consigo encontrar.
En fín, ánimo , como siempre,
y Saludos.12 octubre, 2011 a las 6:25 pm #313160
MYMParticipanteEl art. 127.4 LOPJ dice que es competencia del pleno: “Resolver los recursos de alzada interpuestos contra los acuerdos de la Comisión Permanente, de la Comisión Disciplinaria y de las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia Y DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES”.
Por tanto, contra los acuerdos de los órganos de gobiertno o las salas de gobierno del TS y AN, cabrá igualmente recurso de alzada ante el Pleno. (si bien hay que tener en cuenta que el recurso de alzada se interpone ante el superior jerárquico del que lo dictó, por tanto no estoy del todo segura).
12 octubre, 2011 a las 9:29 pm #313161
Epc00011ParticipanteYo no creo que los órganos de gobierno de los juzgados y tribunales se refiera a las de gobierno del TS y la AN, porque si fuera así lo diría expresamente como en el caso del TSJ no???
Se referirá a todos los órganos de gobierno de todos los juzgados y tribunales pero yo dudo que se refiera al TS y a la AN.
12 octubre, 2011 a las 9:32 pm #313162
Epc00011Participante…a las SALAS de gobierno del TS y AN, perdón me comí una palabra…
A ver si alguien lo aclara esto.
13 octubre, 2011 a las 11:11 am #313163
MYMParticipanteY por qué no? el TS y la AN no tienen órganos de gobierno igual que el resto?
13 octubre, 2011 a las 11:58 am #313164
Epc00011ParticipanteSi mym, pero lo que no entiendo porque no pone salas de gobierno y porque no lo dice expresamente como en el caso del TSJ…y como dices, conoce el superior jerárquico, quién conocería en el caso del TS??
Es sólo una opinión…puesto que no me he estudiado esta parte del temario aún…
13 octubre, 2011 a las 3:46 pm #313165
MYMParticipantePues porque a veces la ley tiene esas “lagunas”, por otra parte el pleno del CGPJ es el superior jerárquico de todas las salas incluida la del TS.
16 octubre, 2011 a las 8:48 pm #313166
AnónimoInvitadoCon vuestro permiso, entro en el post para confirmar lo expuesto por MYM, ya que entiendo que es recurrible en alzada lo establecido por las Salas de Gobierno de dichos Tribunales.
En cualquier caso, como siempre os digo, asumamos la redacción de las Leyes tal cual la encontramos, porque sobre ello nos preguntarán.
Saludos
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