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Habilitación de días inhábiles

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #312811
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas tardes.

    Respecto a la habilitación de días inhábiles hay un aspecto que me hace dudar, y es el siguiente:

    ¿Es cierto que según la Ley a la que nos hagan referencia la respuesta será una u otra?

    – Según la LOPJ le corresponde al CGPJ
    – Según la LEC le corresponde al Tribunal o Secretario según el caso.

    ¿ES ASÍ? 😯

    #312812
    camaji
    Participante

    Buenas tardes.

    No es así. Según el artículo 182 LOPJ se determina que el CGPJ sólo los habilitará en aquellos casos en que no estén previstos expresamente por las leyes y mediante reglamento.
    Y en cambio el artículo 131 LEC determina que el juez o secretario cuando hubiere causa urgente.

    Por tanto, el CGPJ sólo cuando no estuviere previsto en las leyes expresamente.

    Saludos.

    #312813
    Academia Opositas
    Participante

    Ok. Muchas gracias.

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