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SOBRESEIMIENTO POR EL TRIBUNAL

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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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    Entradas
  • #312712
    Epc00011
    Participante

    Según el art. 645 de la LECRIM “si se presentare querellante particular a sostener la acción o cuando el Ministerio Fiscal opine que procede la apertura del juicio oral, PODRÁ el tribunal, esto no obstante, ACORDAR EL SOBRESEIMIENTO si el hecho no fuera constitutivo de delito si así lo estima procedente”.

    Mi duda viene a partir del 645.2 que dice “en cualquier otro caso, no podrá prescindir de la apertura del juicio oral”.

    Quiere decir este párrafo que, a pesar de que el tribunal estime procedente el sobreseimiento, tendrá obligatoriamente que acordar la apertura del juicio oral y celebrarse éste???? Esto no se contradice con el primer párrafo?? No entiendo esto.

    Gracias, un saludo.

    #312713
    maite79
    Participante

    Epc, yo entiendo y es solo una opinión, que este segundo punto del art. 645 se refiere a que si el tribunal no estima procedente el sobreseimiento entonces tendrá que acordar la apertura del juicio oral.
    Es decir o sobreseimiento o apertura JO.

    No sé si te aclarado algo.

    #312714
    MYM
    Participante

    Yo creo que lo que quiere decir es que en el caso de primer párrafo, aunque el MF o el acusador particular pidan la apertura del juicio oral, el Juez podrá acordar el sobreseimiento si es por la causa del 637. 2, esto es, sobreseimiento libre cuando en hecho no sea constitutivo de delito.
    Pero en cualquier otro caso, por tanto si no concurre dicha causa de sobreseimiento, deberá acordar la apertura del juicio oral si lo solicita la acusación.

    Artículo 645: “Si se presentare querellante particular a sostener la acción o cuando el Ministerio Fiscal opine que procede la apertura del juicio oral, podrá el Tribunal, esto no obstante, acordar el sobreseimiento a que se refiere el número 2 del artículo 637 si así lo estima procedente.

    En cualquier otro caso, no podrá prescindir de la apertura del juicio”

    #312715
    Epc00011
    Participante

    Hola chicas!! muchisimas gracias por vuestras explicaciones porque ahora lo entiendo mejor. Lo que me ha pasado es que (no se si es porque estaba dormida esta mañana jaja) pero estaba leyendo “en cualquier caso” en lugar de “en cualquier otro caso”…entonces no me cuadraba y me preguntaba que cómo se podía acordar la apertura del juicio oral si el juez estimaba procedente el sobreseimiento…madremia, lo que puede hacer no leer bien.

    Millones de gracias compis. Saluditos

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