Hola a todos, me sumo al super sufrimiento que suponen las oposiciones. Pero bueno, con calma, que vamos a hacer.
Vereis, viendo el temario de tramitación, veo que no entran los recursos de los órdenes contencioso-administrativo ni laboral. Lo cual ha sido una grata sorpresa
Por otro lado, respecto a los recursos de civil. Entiendo que TAMPOCO entran todos. No entra ni revisión, ni rescisión, ni en interés de la ley. Lo cual ha supuesto otra grata sorpresa
Pero como no me fío…. os pregunto: entran TODOS los recursos para tramitación turno libre, o me dedico sólo a los que marca el temario, como serái lógico??
espero que me digais algo, a ver como lo hago.
Muchas gracias, y muchos ánimos¡¡