Foros OPOSITAS

Medidas provisionales previas

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #312050
    Epc00011
    Participante

    El art. 771 dice que el cónyuge que se proponga demandar la nulidad, separación o divorcio de su matrimonio puede solicitar los efectos y medidas de los arts. 102 y 103 del Cc ante el TRIBUNAL DE SU DOMICILIO.

    Se refiere al último domicilio cónyugal??o si ya ha cesado la convivencia entre los cónyuges, a el domicilio que tuviera en ese momento la persona que pretende la nulidad, separación o divorcio??

    #312051
    MAREY
    Participante

    Esta mañana he estado “intentando” tramitar un divorcio contencioso que solicitaba medidas previas.

    Se han de solicitar en el mismo juzgado al que le correspondería entender del divorcio/separación/nulidad, es decir, el de última residencia del matrimonio, o el del domicilio del demandado.

    Se pueden solicitar simultáneamente con la demanda de divorcio y según nos contaba mi tutor de las prácticas en un Juzgado de Familia de Sevilla así se suele hacer, simplemente porque muchas veces, al celebrarse una comparecencia para adoptar las medidas previas, se “acelera” el trámite del divorcio. Curiosamente, en el juzgado en el que estoy me dijeron que en el mío no se acelera nada de nada, por la sencilla razón de que estamos saturaditos…

    Si se solicitan previamente a la presentación de la demanda, sólo tendrán vigencia si, antes de 30 días después de adoptarse, se presenta la demanda de divorcio o separación.

    Mira esta página web y te viene todo:
    [url=http://www.rupturas.es/dudas/medidasprovisionales.htm]http://www.rupturas.es/dudas/medidasprovisionales.htm[/url]

    Es curioso, pero esta mañana con los papeles delante no me acordaba de nada de esto y ahora lo veo clarísimo, jejejejeje.

    Un abrazo.

    #312052
    Epc00011
    Participante

    Muchas gracias por tu ayuda Marey, me queda clarísimo!! muy buena tu anécdota jeje me alegra mucho ver como compañeros que ya habeis conseguido vuestra meta, seguis ayudando a los que estamos en el camino…jeje

    Saluditosss.

    #312053
    MAREY
    Participante

    No tiene importancia. Además, siempre dije que la mejor manera de aprender es contestando dudas en los foros: te obligas a buscar la contestación en la Ley, argumentarla y, además, practicas mecanografía… ¿qué más se puede pedir?.

    Además, no me acomodo con Tramitación. Estoy barajando seriamente prepararme Gestión desde YA, ahora que aún lo tengo fresco.

    Ánimo y continuad estudiando, que merece la pena.

    Un abrazo.

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