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Juicio a menores

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #311988
    azaria
    Participante

    Tengo una duda respecto a la Fase de audiencia del proceso de instrucción de menores (Tema 8 de auxilio).

    Cuando se dice que:

    “Seguidamente se iniciará práctica de la prueba propuesta y admitida, y la que, previa declaración de su pertinencia, ofrezcan las partes para su práctica en el acto, oyéndose asimismo el equipo técnico sobre las circunstancias del menor. A continuación, el Juez oirá al Ministerio Fiscal y al letrado del menor sobre la valoración de la prueba, su calificación jurídica y la procedencia de las medidas propuestas; sobre este último punto, se oirá también al equipo técnico. Por último, el Juez oirá al menor, dejando la cuasa vista para sentencia”.

    ¿A qué prueba se refiere, a la que propone el Ministerio Fiscal para la defensa de su pretensión procesal?

    #311989
    MYM
    Participante

    No entiendo muy bien tu pregunta, pero yo entiendo que se refiere a la práctica que propongan todas las partes intervinientes como en un proceso penal normal, interrogatorio, testigos, peritos, etc.

    Y la prueba la proponen tanto la víctima, como el letrado del menor, el fiscal, y en además en el caso de los menores se oye al equipo técnico sobre las circuntancias del menor (esto es como una prueba extra pericial).

    Y practicada la prueba, se procede por todas las partes a su valoración y calificación jurídica, es decir, a las conclusiones antes de que el pleito quede visto para sentencia.

    #311990
    Anónimo
    Invitado

    Efectivamente, en la mayoria de los procesos judiciales, y en todos los penales más concretamente, al final de la práctica de prueba realizada en el acto de juicio se celebran conclusiones orales (en algun caso en otros órdenes jurisdiccionales pueden hacerse por escrito), en las cuales cada parte intenta apoyar finalmente sus respectivas posiciones en el procedimiento

    Saludos.

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