Hola Adriano.
En primer agradecer tu participación activa en el foro puesto que eso nos llevará a mejorar la preparación, en el intento de conseguir la plaza de Funcionario por la que vamos a optar.
En respuesta a tu pregunta, entendemos que efectivamente debe darse traslado al Juez de Instrucción correspondiente para que continúe la instrucción. Al efecto, nos basamos en el art. 779 de la LECr.
Saludos.