Hola a tod@, según me han informado, a finales de Abril entró en vigor la Ley 4/2011 que modifica un poquito la LEC, lo más importante es que a partir de su entrada en vigor (26 o 27 de Abril, no lo sé con precisión) en todas las reclamaciones civiles cuya cuantía no supere los 2000 € no será necesario ni Procurador ni Abogado, o lo que es lo mismo, han elevado el límite de 900 € al de 2000 €.
La otra modificación tiene que ver con el título ejecutivo europeo, pero sinceramente no sé de qué va, tendré que leer la ley.
¿supongo que estas modificaciones ya se tienen que tener en cuenta para el próximo temario no?
un saludo.