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duda actuaciones procesales

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #311334
    Academia Opositas
    Participante

    Sobre la entrega de autos. El Secretario puede hacer entrega de los autos a las partes que lo soliciten, eso en el orden civil. En el resto de los órdenes no se hace mención de este asunto.
    ¿Copiamos de civil?¿En penal no se puede hacer esta entrega de autos?

    #311335
    Academia Opositas
    Participante

    perdón, sobre la entrega de autos a las partes, es en el orden social donde la ley have memción a esta situación. por tanto mi pregunta es ¿y en el orden civil, penal y contencioso?

    #311336
    Anónimo
    Invitado

    Efectivamente, la Ley prevé específicamente esta posibilidad en el procedimiento laboral y no así en los órdenes penal, civil o contencioso administrativo.

    Debemos cuidar mucho las multas que se imponen a quienes no devuelven el proceso laboral dentro del plazo correspondiente.

    Saludos.

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