Hola a tod@s, necesito ayuda con una duda que tengo, hay dos plazos con los que me lío: “denegada la reclamación previa o transcurrido UN MES sin haber sido notificada la resolución, el interesado podrá formalizar la demanda”, pero por otro lado nos dice que: “no surtirá efecto la reclamación si la resolución fuese denegatoria y el interesado no presentase la demanda (…) en el plazo de DOS MESES”, (VEINTE DIAS si es un despido).
¿En qué quedamos, tengo un mes para presentar la demanda o tengo dos meses?, Creo entender que el plazo es de dos meses, y que un mes es el tiempo que el interesado debe esperar para entender desestimada su reclamación por silencio administrativo, y a partir de ese mes, comienzan los dos meses o veinte días para presentar la demanda correspondiente ¿es así?
Gracias