Foros OPOSITAS

otra sobre responsabilidad patrimonial del estado

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #311031
    reginaperez
    Participante

    – por una parte: EL TRIBUNAL DICTARA SENTENCIA DEFINITIVA, SIN ULTERIOR RECURSO.
    – por otra parte:CONTRA LA RESOLUCIÓN CABRÁ RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

    ¿cual es esa resolucion contra la que cabe recurso? ¿quizas la resolucion en la que se determina la cuantia de la indemnizacion?

    gracias

    #311032
    reginaperez
    Participante

    y referente a esto, si interpones ese recurso cont-administrativo, ¿ se interrumpe el plazo de un año que hay para reclamar la indemnizacion?

    #311033
    Anónimo
    Invitado

    Una vez que hemos conseguido que el Tribunal Supremo declare la existencia de error judicial, disponemos del plazo de un año para reclamar ante el Ministerio de Justicia la correspondiente indemnización.

    Contra la decisión de dicho Ministerio es contra la que cabe recurso contencioso administrativo, en caso de no otorgarse la reclamación realizada

    Saludos.

    #311034
    reginaperez
    Participante

    muchas gracias Baldo, que bien deslias el nudo

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

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