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Dudas en los supuestos

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #309881
    berto2010
    Participante

    Me he puesto a hacer algunos supuestos y tengo 3 dudas.
    En el supuesto 15, en la pregunta 10 se afirma que una guitarra y un abrigo de pieles son inembargables en una mejora de embargo. ¿Es así?

    Por otro lado, ¿en base a qué se decreta la solvencia total de un acusado?

    En el supuesto 17, pregunta 18, habla de una tercería de dominio que se sustenta en un juicio ordinario. Hasta ahí bien. Pero, mis dudas surgen cuando dice que este juicio ordinario finaliza con un auto. He ido al 599 LEC y no dice nada de que ese juicio termine en auto.

    #309882
    Anónimo
    Invitado

    Buenas noches.
    Estábamos respondiendo a dichas dudas a través de mail, que nos has remitido, pero lo hacemos desde aquí y no se queda pendiente el post.

    En cuanto a la Tercería de Dominio, se tramita por las normas del juicio ordinario y conforme al art. 603 de la LEC, se resuelve mediante auto. Tengamos cuidado en no confundir con la Tercería de Mejor Derecho.

    La solvencia “total” de la persona imputada en proceso penal se acordará cuando queden totalmente asegurdas las responsabilidades exigidas por el órgano instructor conforme al o dispuesto en el art. 589 de la LECr, que al efecto dictará el oportuno auto.

    Respecto a los bienes a que se refiere el supuesto (abrigo y guitarra), aplicamos el art. 606 de la misma Ley, si bien podriamos debatir sobre ello.
    De hecho en exámenes oficiales de pasadas convocatorias, las mismas situaciones han sido resueltas de diferente forma por distintos Tribunales.
    Pretendemos con estas preguntas que cuideis el precepto referido.

    Espero haber resuelto tus dudas.

    Saludos.

    #309883
    berto2010
    Participante

    gracias. Pues vaya, a mí si me ponen esa pregunta en el examen diría en todo momento que una guitarra electrica y un abrigo de piel son embargables.

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