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¿quien fija la cuantía en el proceso contencioso?

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  • #309703
    dani9791
    Participante

    buenas, os rogaría me ayudarais con esto;

    una vez formulada la demanda y contestada, se fijará la cuantía del recurso ¿en el otro sí por parte de demandante y demandado respectivamente en su demanda y contestación?

    gracias anticipadas.

    #309704
    Anónimo
    Invitado

    Hola Dani, transcribo el art. 40 de la Ley 29/1998 que responde a la duda que planteas

    [quote]

    Artículo 40.

    1. El Secretario judicial fijará la cuantía del recurso contencioso-administrativo una vez formulados los escritos de demanda y contestación, en los que las partes podrán exponer, por medio de otrosí, su parecer al respecto.

    2. Cuando así no se hiciere, el Secretario judicial requerirá al demandante para que fije la cuantía, concediéndole al efecto un plazo no superior a diez días, transcurrido el cual sin haberlo realizado se estará a la que fije el Secretario judicial, previa audiencia del demandado.

    3. Cuando el demandado no estuviere de acuerdo con la cuantía fijada por el demandante, lo expondrá por escrito dentro del término de diez días, resolviendo el Secretario judicial lo procedente. En este caso el Juez o Tribunal, en la sentencia, resolverá definitivamente la cuestión.

    4. La parte perjudicada por la resolución prevista en el apartado anterior podrá fundar el recurso de queja en la indebida determinación de la cuantía si por causa de ésta no se tuviere por preparado el recurso de casación o no se admitiera el recurso de casación para la unificación de doctrina o el de apelación.
    [/quote]

    Espero que la cuestión quede resuelta.

    Saludos

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