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test de repaso 6, repaso de las semanas 1-8

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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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    Entradas
  • #309180
    andrea1974
    Participante

    test de repaso 6, semanas de 1-8, pregunta 71

    el presidente del Gobierno en duncines no podrá ejercer su funcion de:

    a) aprobar el proyecto de ley de presupuestos enerales del estado
    b)presentar proyectos de ley al congreso
    c)proponr al rey la convocatoria de un referendum
    d) todas las respuestas son correctas

    dan por buena la c), pero no seria la d) gracias

    test de la lopj num. 6 pregunta 44.

    puede un juzgado de lo penal celebrar un juicio oral en una ciudad en la que tenga sede un juzgado que hay instruido una causa que le corresponda conocer sin permiso del CGPJ?

    a) no, es imprescindible el consentimiento previo del CGPJ
    b) si, siempre que asi lo dispongan las salas de gobiern del TSJ correspondiente
    c) no, es necesario el consetimeinto del CGPJ y que lo disponga la sala de goierno del TSJ respectivo
    d) si, ya que es el juez Decano el encargado de tales disposicones

    dan por buena la B), no seria la a) ??? gracias

    #309181
    tamy27
    Participante

    respecto a tu segunda pregunta.
    las SALAS DE GOBIERNO DEL LOS TSJ dispondrán que los Jueces de lo Penal, asistidos del Secretario , se constituyan para celebrar juicios orales con la periocidad qeu se señale en las ciudades donde tenga su sede los Juzgados que hayan instruido las causas de las que les corresponde conocer, siempre que su desplazamiento venga justificado pro el número de estas o por una mejor adminstración de justicia.
    por lo cual la correcta es la B

    EL ART NO SE CUAL ES PORQUE LO TENGO EN APUNTES Y ESTOY BUSCANDOLO SI ALQUIEN LO SABE POR FAVOR PONERLO.

    ESPERO HABERTE AYUDADO

    #309182
    Academia Opositas
    Participante

    La primera de las preguntas, tiene su amparo legal en el art. 21 de la ley 50/97, del Gobierno, que transcribimos.

    [quote]
    4. El Presidente del Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades:

    Proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras, o de las Cortes Generales.

    Plantear la cuestión de confianza.

    Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo.

    5. El Gobierno en funciones no podrá ejercer las siguientes facultades:

    Aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.

    Presentar proyectos de Ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado.

    [/quote]

    La segunda de ellas.. en el art. 269 de la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial:

    [quote]

    Artículo 269.

    1. Los juzgados y tribunales solo podrán celebrar juicios o vistas de asuntos fuera de la población de su sede cuando así lo autorice la Ley.

    2. Sin embargo, el Consejo General del Poder Judicial, cuando las circunstancias o el buen servicio de la Administración de Justicia lo aconsejen, y a petición del tribunal o juzgado, podrá disponer que los juzgados y las secciones o salas de los tribunales o audiencias se constituyan en población distinta de su sede para despachar los asuntos correspondientes a un determinado ámbito territorial comprendido en la circunscripción de aquellos.

    3. Igualmente, las Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia dispondrán que los Jueces de lo Penal, asistidos del secretario, se constituyan para celebrar Juicios Orales con la periodicidad que se señale en las ciudades donde tengan su Sede los Juzgados que hayan instruido las causas de las que les corresponde conocer, siempre que su desplazamiento venga justificado por el número de estas o por una mejor administración de justicia. Los Juzgados de Instrucción y los funcionarios que en ellos sirvieren prestarán en estos casos cuanta colaboración sea precisa.

    [/quote]

    Espero haber resuelto la duda.

    Saludos.

    #309183
    andrea1974
    Participante

    entonces si seria la d y no la c no?

    #309184
    Anónimo
    Invitado

    Entendemos que la opción válida es la que hemos establecido por aplicación del precepto que hemos indicado, donde se diferencias las materias o cuestiones que no pueden realizar El Gobierno en Funciones o el Presidente del Gobierno (según los casos, claro está)

    Saludos.

    #309185
    andrea1974
    Participante

    ahora lo entiendo, muchas gracias

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