Foros OPOSITAS

Habilitacion de dias y horas inhabiles

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #309023
    Josex
    Participante

    Hola.

    Según la LOPJ el CGPJ puede habilitar días inhábiles mediante reglamento, también lo puede hacer el Secretario en materias de su exclusiva competencia, cuando se tratara de actuaciones por ellos ordenadas etc. Pero mediante que resolución puede hacerlo? Diligencia de ordenación, Decreto…?

    No veo en la LEC nada al respecto y es la duda que tengo, ¿qué opináis vosotros?

    Gracias de antemano y un saludo

    #309024
    Anónimo
    Invitado

    Efectivamente en la LEC no encontramos referencia al tipo de resolución que habría de dictar el Secretario por lo que debemos aplicar el articulo “general” que establece las resoluciones de los Secretarios

    [quote]
    2. Las resoluciones de los Secretarios Judiciales se denominarán diligencias y decretos.

    Cuando la Ley no exprese la clase de resolución que haya de emplearse, se observarán las siguientes reglas:

    Se dictará diligencia de ordenación cuando la resolución tenga por objeto dar a los autos el curso que la Ley establezca.

    Se dictará decreto cuando se admita a trámite la demanda, cuando se ponga término al procedimiento del que el Secretario tuviera atribuida competencia exclusiva y, en cualquier clase de procedimiento, cuando fuere preciso o conveniente razonar lo resuelto.

    Se dictarán diligencias de constancia, comunicación o ejecución a los efectos de reflejar en autos hechos o actos con trascendencia procesal.
    [/quote]

    Saludos

    #309025
    Josex
    Participante

    Gracias bg por la aclaración, entonces entiendo según el citado articulo que debería de ser por Decreto, ¿cierto?

    Saludos

    #309026
    Anónimo
    Invitado

    Efectivamente José, y siendo opinión muy personal, consideramos que se dictaría Decreto.

    Saludos.

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS