Foros OPOSITAS

Defensor judicial (Tema 19: Jurisdicción Voluntaria)

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #308022
    japs1981
    Participante

    Hola,

    Es posible que haya una pequeña errata en el título del apartado 2.1 del Tema 19 de Jurisdicción Voluntaria de Tramitación, donde pone “Defensor del desaparecido” creo que debería venir “Defensor judicial” (art. 299 y ss CCivil). 😉

    Saludos.

    #308023
    Academia Opositas
    Participante

    Hola. Ciertamente se tendría que hablar de Defensor judicial. Lo que pasa es que en la LECv de 1881 se habla del defensor del desaparecido (que no es más que un defensor judicial) Por eso hemos utilizado dicha expresión, para atenernos a la LECv 1881.

    Un saludo y gracias por las aportaciones al foro que nos enriquecen a todos (y sirven para corregir errores)

    #308024
    japs1981
    Participante

    Dejo un inciso aclaratorio al margen en mis apuntes con lo que comentas.

    Muchas gracias.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS