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¿ERRATA PREGUNTA 24 TEST CIVIL 46-UNIDAD 15?

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Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #307141
    MAREY
    Participante

    Buenos días.

    En la pregunta que dice [color=black]”Si no se hubiera celebrado vista en la apelación, ¿en qué plazo se resolverá el recurso?”, las respuestas son:
    a- 20 días
    b- 30 días
    c- 10 días
    d- 5 días[/color]

    Se consigna como correcta la “D”, cuando, en virtud del artículo 465.2 de la LEC que pone como referencia dice:

    [color=red]”… Si no se hubiese celebrado vista, el auto o la sentencia habrán de dictarse en el plazo de [b][u]un mes [/u][/b]a contar desde el día siguiente a aquel en que se hubieran recibido los autos en el Tribunal competente para la apelación”,[/color]

    por lo que o no es cierta ninguna respuesta o la correcta es la B que es la que más se acerca a lo que dice la Ley.

    Se admiten opiniones en contra ¿eh?.

    #307142
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Marey:

    Puede ser que en la pregunta sobre el “no” y entonces la respuesta correcta sería la C) en el plazo de diez días.

    un saludo

    Piedi

    #307143
    angeles115
    Participante

    Hola Mayte y Piedi.

    [u][b]creo que en esta pregunta hay una ERRATA[/b][/u].

    Me lleva a pensar en ello tras ver otra pregunta de un test de opositas.Copio y pego pregunta del [u][b]test civil 21, UD 8:[/b][/u]

    14.- Si no se hubiera celebrado vista, la sentencia de apelación se dicta en el plazo de:
    a) treinta días
    b) veinte días
    c) diez días
    [u]d) ninguna respuesta es cierta[/u]
    El test marca como correcta la D) (rechaza como correcta la opción A), que habla de 30 días, ya que la ley habla de UN MES, no de treinta días).

    *[u][b]ART. 465.2 LEC[/b][/u]:
    La resolución deberá ser dictada dentro de los diez días siguientes a la terminación de la vista. Si no se hubiere celebrado vista, el auto o la sentencia habrán de dictarse en el plazo de [color=red]un mes [/color]a contar desde el día siguiente a aquel en que se hubieran recibido los autos en el Tribunal competente para la apelación

    *[b]Otro ejemplo sobre distinguir y no equiparar UN MES con TREINTA DÍAS:[/b]
    -[b]Artículo 464.1 LEC[/b]. (VISTA DEL R. APELACIÓN) Recibidos los autos por el Tribunal que haya de resolver sobre la apelación, si se hubiesen aportado nuevos documentos o propuesto prueba, acordará lo que proceda sobre su admisión en el plazo de diez días. Si hubiere de practicarse prueba, el Secretario judicial señalará día para la vista, que se celebrará, [color=darkred]dentro del mes siguiente[/color], con arreglo a lo previsto para el juicio verbal.

    -Artículo 475.1 LEC (VISTA DEL R. EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL): Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo anterior, se hayan presentado o no los escritos de oposición, la Sala señalará, mediante providencia, [color=red]dentro de los treinta días siguientes,[/color] día y hora para la celebración de vista o, en su caso, para la votación y fallo del recurso extraordinario por infracción procesal.

    [color=blue]*Tras comparar la pregunta del test 46 de civil con la pregunta nº 14 del test 21 y con los arts. sobre la vista del 464.1 y 475.1 LEC, creo que en la pregunta que cuelga Marey (SOBRE EL TEST 46), HABRÍA UNA ERRATA, y que, como dice PIEDI, podría subsanarse dando por válida la opción de 10 días, pero para eso sobraría el “no” del enunciado de la pregunta.
    No podría decirse que UN MES sea igual a treinta días.[/color]

    *Además, poniendo en relación con las ACTUACIONES PROCESALES, no es lo mismo el cómputo de un plazo señalado por DÍAS (como sería por ejemplo el que aparece al hablar de 20 días para interponer el recurso de apelación) que el cómputo de un plazo señalado por MESES (como sería el plazo de UN MES de la pregunta test.).

    *[u][b]Artículo 133 LEC: Cómputo de los plazos.[/b][/u]
    2. En el cómputo de los plazos señalados por [b]días[/b] [u]se excluirán los inhábiles.[/u]
    3. Los plazos señalados por[b] meses [/b]o por años se computarán[b] de fecha a fecha.[/b]

    Saludos,

    #307144
    angeles115
    Participante

    Subo de nuevo el post, tras variar la respuesta del otro día a la consulta de Marey,

    Saludos

    #307145
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Angeles:

    Estoy de acuerdo, sigo pensando que es una errata y tenemos que tener cuidado no es lo mismo que la ley diga treinta días o un mes, en este caso yo creo que quitando el NO de la pregunta damos por buena la respuesta C) Si se celebra la vista se resuelve en el plazo de diez días.

    un saludo

    Piedi

    #307146
    angeles115
    Participante

    Hola Piedi. Como continuación de no equiparar un mes a treinta días.

    -[u][b]Artículo 185 LOPJ[/b][/u]:
    1. Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en el [b][color=red]Código Civil[/color].[/b] En los señalados por días quedarán excluidos los inhábiles

    -[u][b]Artículo 5 CÓDIGO CIVIL ACTUAL[/b][/u]:
    1. Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por [color=blue]meses [/color]o años, se computarán [b]de fecha a fecha[/b]. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
    2. En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.

    -[u]El [color=red]CÓDIGO CIVIL sufrió una modificación por Ley 3/1973, de 17 de marzo, acerca de los plazos.[/color] [b]ANTES de esta Ley[/b]:[/u]
    El [u][b]art. 7 (actual 5) [/b][/u]decía lo siguiente: “Si en las leyes se habla de meses, días o noches, [u]se entenderá que los meses son de treinta días[/u], los días de veinticuatro horas, y las noches desde que se pone hasta que sale el sol. Si los meses se determinan por sus nombres, se computarán por los días que respectivamente tengan”.
    Este art. 7 sufrió modificación por[b] Ley 3/1973, de 17 marzo, confirmándolo el RD 1836/1974 de 31 de mayo, [/b]pasando a quedar la redacción que figura en el actual artículo 5 (plazos por meses se computan de fecha a fecha;[color=darkblue] DESAPARECIÓ la frase aquella de: “se entenderá que los meses son de treinta días[/color]”).

    Saludos,

    #307147
    Academia Opositas
    Participante

    Perfecto Angeles, la verad es que de de cara al examen hay que tener muy claros estos conceptos y yo creo que con estas exposiciones en el foro se fijan mucho mejor y es más fácil acordarse.

    Muchas gracias y a seguir!

    Piedi

    #307148
    angeles115
    Participante

    Como continuación a la cadena de mensajes sobre distinguir entre UN MES y TREINTA DÍAS (no es lo mismo), pego la pregunta 21 del test civil 35, ud 12:

    21.- En caso de celebrarse vista en la apelación, ésta tendrá lugar en el plazo de:
    a) treinta días
    b) quince días
    c) veinte días
    d)[u] un mes.[/u]

    (el test pone dos opciones: a) treinta días y d) un mes; marca (y es correcto) la D) UN MES).

    Saludos

    #307149
    Anónimo
    Invitado

    Lo tengo claro, mañana vais a bordar el test que os ponga un servidor.
    Saluditos y sigamos aprovechando el domingo

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