Hola Baldo.
Comparando el tema 8 en su redacción anterior y en la actual, colgada hace unos días, he visto que en la última redacción el tema 8 finaliza con el apartado Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, y, a diferencia de la versión anterior, NO aparecen [u][b]MEDIDAS DE REFUERZO EN LA TITULARIDAD DE LOS ÓRGANOS JUDICIALES[/b][/u], que es el art. 216 bis de la LOPJ.
Estos artículos 216 bis (216 bis uno al cuatro) siguen vigentes, por lo que quería preguntarte cuál es el motivo de haberlo suprimido en la nueva versión del tema.
Saludos,