Hola tengo una duda sobre el auxilio judicial consistente en:
El interrogatorio de las partes, la declaración de los testigos etc… se realizará en la sede del juzgado o tribunal que esté conociendo del asunto
de que se trate, aunque el domicilio de las personas mencionadas se encuentren fuera de la circuncripción judicial correspondiente.
Y seguidamente el parrafo de abajo dice que la ley permite la posibilidad de que una determinada actuación judicial pueda no celebrarse ante el organo judicial que está tramitando el procedimiento, las causas son :
por motivo de distancia
dificultad de desplazamiento
etc…
la pregunta es ¿como en el primer parrafo dice que las partes deben asistir a la sede del juzgado y en en el parrafo de abajo diga que por razones de distancia puede no asistir a la sede del organo judicial?
UN SALUDO.