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DOS DUDAS DE PENAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #305315
    sdelgado
    Participante

    PRIMERA DUDA
    ¿El emplazamiento de las partes (en la conclusión del sumario) de 10 días incluye también a la Audiencia Nacional para los casos que le competan?

    SEGUNDA DUDA
    Cuando se sobresee la causa, se archivan los autos y las piezas de convicción que no tengan dueño. Bien. Ahora vamos al tema de archivo judicial. Cuando se envían los expedientes judiciales del archivo de gestión al archivo territorial, ¿se envían sólo los autos o también se envían las piezas de convicción?

    Gracias a todos por adelantado.

    #305316
    sdelgado
    Participante

    Subo el post, a ver si algún alma caritativa me aclara estos asuntos…

    Gracias de nuevo.

    #305317
    Eulalia
    Participante

    Hola, no se si podré ayudarte pero como veo que nadie responde….
    En cuanto a la primera duda supongo que los 10 días también son para los delitos que van a la AN , puesto que en la lye no especifica nada con respecto a ésto( al menos yo no lo veo por ninguna parte)
    Y la segunda duda, pues no se me habia ocurrido pensar en ello pero teniendo en cuenta que el archivo judicial es un archivo al que van paples y documentos , no me lo imagino con piezas de convicción que son armas blancas, objetos contudentes y cosas de esas. Quizá haya una especie de almacén de la policía en el que guardan ese tipo de cosas pero vamos que te lo digo por decir algo…
    Esta es mi pobre respuesta, pero no se me ocurre nada más que decirte.
    Saludos.

    #305318
    Rufoblanco
    Participante

    Hola Santi y Eulalia! Entiendo que el emplazamiento a las partes en el sumario cuando se remite a la Audiencia Nacional, sería de 15 días al igual que al Supremo, al ser un órgano de carácter nacional, pero aún así no lo determina la LECrim.

    En el segundo caso que se plantea, sobre las piezas de convicción, entiendo a nivel de mi experiencia laboral en un juzgado de lo penal, las piezas de convicción se entregan a los cuerpos y seguridad del Estado (Guardia Civil o Policía Nacional), a fin de proceder a su destrucción, ya que el RD 937/2003, no dice nada al respecto.

    Saludos.

    #305319
    trabs
    Participante

    asi es lo de las piezas de convicción, ellos almacenan y pasado tiempo, mucho tiempo destruyen, los de la policia judicial en estos casos. Un allegado mio es miembro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
    saludos

    #305320
    sdelgado
    Participante

    Muchas gracias a todos por contestar. Es cierto que respecto al emplazamiento ante la AN la ley no dice nada y ambas interpretaciones vuestras podrían ser válidas, aunque, evidentemente, sólo una será correcta. Supongo que no serán tan mal intencionados en el examen como para tratar un procedimiento penal ante la AN… o sí 😛 P

    Un saludo a todos y muchas gracias de nuevo. A ver si alguien más nos aporta algún dato sobre este tema…

    #305321
    Anónimo
    Invitado

    Vamos a ver esas dudas, tna buenas como siempre expone Santi.

    En cuanto a las piezas de convicción, tendremos presente el contenido del Real Decreto 2783/1976, de 15 de octubre, sobre conservación y destino de piezas de convicción.
    (Vamos a subirlo a la zona de legislación).

    Respecto al emplazamiento, me permito transcribir el art. 623 de la LECR.

    [quote]
    Artículo 623.

    Tanto en uno como en otro caso se notificará el auto de conclusión del sumario al querellante particular, si lo hubiere, aun cuando sólo tenga el carácter de actor civil, al procesado y a las demás personas contra quienes resulte responsabilidad civil, emplazándoles para que comparezcan ante la respectiva Audiencia en el término de diez días, o en el de quince si el emplazamiento fuese ante el Supremo. A la vez se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal cuando la causa verse sobre delito en que tenga intervención por razón de su cargo.

    [/quote]

    Como vemos no se hace referencia a A. Provincial ó Nacional y por tanto considero que deberíamos responder “diez días”.

    Siempre, por supuesto, salvo mejores opinones.

    Saludos.

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