Hola, eso es lo que yo pensaba, pero al ver la respuesta de la pregunta me he liado…supongo que habrá algo en el caso práctico que se me escapa.
Es la pregunta 14, del supuesto 15 de la unidad 1 de tramitación, y dice:
14.- La ejecución a que nos venimos refiriendo corresponde a:
a) Audiencia Provincial de Cáceres
b) Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
c) Juzgado de Instrucción numero 5 de Cáceres
d) cualquiera de los anteriores
Da por válida la D
El caso es que la sentencia se dicta en AP, después es recurrida ante el TSJ y se confirma la resolución de la AP, no tendría prioridada la AP para ejecutar??
Gracias