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Ejecución Jurado

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #304206
    LAURA BLANCO MORA
    Participante

    ¿ Quién ejecuta las sentencias del tribunal del jurado? es que tengo un supuesto (creo que es el nº 15 de tramitación) en que dice que la puede ejecutar tanto el juzgado de instrucción, como la audiencia provincial o el TSJ…y no encuentro eso en la LOTJ

    #304207
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Laureola.
    La ejecución corresponde al órgano que conociera en primera instancia, por lo que normalmente será la Audiencia Provincial.
    Otra cosa es que dicha Audiencia solicite la colaboración en via de auxilio judicial, de otros órganos
    Indicanos la pregunta, por favor, y veremos las opciones.
    Gracias.

    #304208
    LAURA BLANCO MORA
    Participante

    Hola, eso es lo que yo pensaba, pero al ver la respuesta de la pregunta me he liado…supongo que habrá algo en el caso práctico que se me escapa.

    Es la pregunta 14, del supuesto 15 de la unidad 1 de tramitación, y dice:

    14.- La ejecución a que nos venimos refiriendo corresponde a:
    a) Audiencia Provincial de Cáceres
    b) Tribunal Superior de Justicia de Extremadura
    c) Juzgado de Instrucción numero 5 de Cáceres
    d) cualquiera de los anteriores

    Da por válida la D

    El caso es que la sentencia se dicta en AP, después es recurrida ante el TSJ y se confirma la resolución de la AP, no tendría prioridada la AP para ejecutar??

    Gracias

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