Foros OPOSITAS

¿500 PLAZAS MÁS PARA TRAMITACION-TURNO LIBRE?

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • Autor
    Entradas
  • #304044
    Academia Opositas
    Participante

    Pues sí. Este podría ser perfectamente el titular de esta noticia si se confirman los datos que el sindicato STAJ acaba de publicar en relación con el número de aprobados de TRAMITACION (P. Interna) del 1º ejercicio.

    Según una tabla de datos que publicó hoy mismo dicho sindicato, en estos momentos podrían sobrar 495 plazas del turno de promoción interna para acrecentar el turno libre, y todavía faltaría por celebrar el 2º ejercicio, por lo que lógicamente este número todavía podría incrementarse bastante.

    Tabla de datos publicada por STAJ-Asturias
    Si se confirma esta información los opositores para el cuerpo de Tramitación (turno libre) estarían de enhorabuena porque verían incrementado la oferta de plazas, en estos momentos, en un 50%.

    Creo que, en principio, debemos de tomar esta noticia con cierta cautela, ante la ausencia de datos oficiales y espero que no tenga nada que ver con la circunstancia de que se haya estropeado la máquina de lectura óptica J.

    He completado algunos datos en relación con esa tabla y las plazas, en estos momentos, podrían quedar así:

    PROMOCION INTERNA TRAMITACION
    (Estimación realizada según datos de STAJ)
    Ámbito territorial Plazas convocadas Aprobados 1º ejercicio Plazas sobrantes
    Andalucía 156
    138
    18

    Valencia 52
    34
    18

    Canarias 160
    38
    122

    Cataluña 193
    74
    119

    Madrid 356
    175
    181

    Navarra 6
    7
    – 1

    P. Vasco 22
    25
    – 3

    Resto Península 164
    123
    41

    TOTALES 1109
    614
    495

    #304045
    Eulalia
    Participante

    Muchas gracias por la información y ojalá sea así, espero que por estar preparando el 2º de auxilio no descuidemos tramitación , que por lo que parece puede ser una buena oportunidad.
    Por cierto te escribía en el foro , que si no te importa reproducir la duda que planteaste en el chat del lunes pasado sobre el usufructo, ya que no lo pude leer bien y tampoco pude finalmente grabar la tutoría.
    Gracias y un saludo.

    #304046
    Academia Opositas
    Participante

    Artículo 334 Codigo Civil

    Son bienes inmuebles:

    Las tierras, edificios, caminos y construcciones de todo género adheridas al suelo.

    Los árboles y plantas y los frutos pendientes, mientras estuvieren unidos a la tierra o formaren parte integrante de un inmueble.

    Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de suerte que no pueda separarse de él sin quebrantamiento de la materia o deterioro del objeto.

    Las estatuas, relieves, pinturas u otros objetos de uso u ornamentación, colocados en edificios o heredades por el dueño del inmueble en tal forma que revele el propósito de unirlos de un modo permanente al fundo.

    Las máquinas, vasos, instrumentos o utensilios destinados por el propietario de la finca a la industria o explotación que se realice en un edificio o heredad, y que directamente concurran a satisfacer las necesidades de la explotación misma.

    Los viveros de animales, palomares, colmenas, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el propietario los haya colocado o los conserve con el propósito de mantenerlos unidos a la finca, y formando parte de ella de un modo permanente.

    Los abonos destinados al cultivo de una heredad, que estén en las tierras donde hayan de utilizarse.

    Las minas, canteras y escoriales, mientras su materia permanece unida al yacimiento y las aguas vivas o estancadas.

    Los diques y construcciones que, aun cuando sean flotantes, estén destinados por su objeto y condiciones a permanecer en un punto fijo de un río, lago o costa.

    [color=black][size=100:3m43ri5p][size=18]Las concesiones administrativas de obras públicas y las servidumbres y demás derechos reales sobre bienes inmuebles[/size][/size][/color].

    Eulalia no fui yo quien hizo esa mensión al usufructo pero creo q con esto lo tendrás mas claro ( derecho real )

    #304047
    Eulalia
    Participante

    Ah pues yo pensaba que habías sido tú, es que como estuve un buen rato intentando grabar la tutoría supongo que me lié.
    Pues la verdad es que sí que me has ayudado con este apunte sobre los bienes inmuebles, muchas gracias!!
    Saludos.

    #304048
    Anónimo
    Invitado

    Sin duda un dato interesante que debe alentaros a estudiar e intentar conseguir superar el primer ejercicio.
    Saludos y muchísimo ánimo.

Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
  • El foro ‘Administración de Justicia – Auxilio Judicial, Tramitación PA y Gestión PA’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS