Veamos esa pregunta.
Conforme a lo dispuesto en el art. 421 de la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial para las muy graves, será competente el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, a propuesta de la Comisión Disciplinaria.
Por su parte el art. 58 de la misma Ley atribuye a la Sala 3ª del Tribunal Supremo el conocimiento En única instancia, de los recursos contencioso-administrativo contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial y contra los actos y disposiciones de los órganos competentes del Congreso de los Diputados y del Senado, del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Cuentas y del Defensor del Pueblo en los términos y materias que la Ley establezca y de aquellos otros recursos que excepcionalmente le atribuya la Ley.
De ahí que la opción correcta sea la que otorga el test.
Saludos.