hola a tod@s!!!! por favor a ver si me podéis resolver estas dudas:
1º) ¿Cuándo se extiende la diligencia de cierre, con 250 ó 300 folios? Por un lado pone que se encuadernarán cuando abarquen 300 folios y por otro lado dice que cuando las hojas móviles alcancen el número de 250 se procederá a la extensión de la correspondiente diligencia de cierre del libro.
2º) La inspección de los Registros Municipales la ejerce el propio Juez de 1º Instancia (de los que estén a su cargo) y si no se realizan se dará cuenta al Presidente del TSJ, el cuál a su vez realiza la inspección ordinaria de los Registros Municipales.
Esto que quiere decir, ¿que el Presidente del TSJ inspecciona la “inspección” realizada por el Juez de 1º Instancia?
3º) El encargado del Registro Municipal lo será también del Archivo Provincial, ¿En una provincia no hay varios registros municipales?¿Entonces cuál sería el encargado? O ¿esque cada archivo municipal tiene su propio archivo provincial?
Gracias