Hola de nuevo:
En el tema de Familia, con respecto a los procesos en los que se pretenda la modificación del alcance de la incapacitación ya establecido, dice…
“La sentencia que se dicte deberá pronunciarse sobre si procede o no dejar sin efecto la incapacitación, o sobre si deben o no modificarse la extensión y los límites de ésta”
Mi pregunta es: La sentencia trata sobre si cabe o no modificación. Pero la modificación en sí ¿también queda en dicha sentencia o se abre otro proceso?
De nuevo, gracias a todos/as.