Hola tengo una duda sobre los actos de comunicación penal
es que yo seguia pensando que al imputado se le apercibia de que la si no comparece se puede convertir en detencion y al acusado/procesado que la orden de detencion se convierte en prision
sigue siendo asi? ya qeu el art 504.2 se derogó
muchas gracias por adelantado