Hola laureola!
Te comento que la oposición a la ejecución es por 10 días, tal y como tu manifiestas. El ejecutante puede impugnar la oposición basada en motivos de fondo (art. 560 LEC). Ahora bien, las partes pueden solicitar en sus escritos de oposición e impugnación que se celebre vista, en todo caso se desarrollará conforme al juicio verbal, O BIEN, que no soliciten vista y el tribunal resuelva por medio de Auto.
Espero haberte ayudado. Saludos.