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12 enero, 2008 a las 1:41 pm #300878
rinconcito
Participante17/23 Para que surta efectos en un ac to de comunicación realizado por remisión en el procedimiento civil a una de las partes:
a)En ningún supuesto será preciso que conste que el interesado la haya recibido.
b)Precisará siempre constancia de que el interesado la haya recibido.
c) En determinado supuesto precisará constancia de que el interesado la haya recibido. (ESTA ES LA CORRECTA)
d) Sólo se precisará constancia de que el interesado la haya recibido cuando el tribunal motivadamente así lo determine.18/23 Las notificaciones a terceros, en el procedimiento civil:
a) Sólo podrán realizarse cuando esté dispuesto así por la ley.
b) Sólo podrán realizarse cuando así lo disponga expresamente la LEC.
c) Se podrán realizar por disposición del tribunal aunque la ley no lo determine así para un caso concreto. (ESTA ES LA RESPUESTA CORRECTA)
d) Se podrá realizar por disposición del tribunal pero sólo en el supuesto deque la sentencia que se dicte afecte a dichos terceros.20/23 ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a los actos de comunicación en el procedimiento civil?
a) Podrá realizarse de oficio por el tribunal. (ESTA ES LA CORRECTA)
b) Sólo podrá realizarse previa petición de todas las partes personadas en común acuerdo.
c) Sólo podrá realizarse a instancia de parte.
d) Sólo podrá realizarse a instancia de la parte a quien perjudique la misma.1/24 ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta respecto a la definición de los documentos judiciales según la norma que regula los archivos judiciales?
a) Se consideran documentos judiciales sólo los expedidos por los órganos judiciales.
b) Los documentos judiciales lo son con independencia de que estén en papel o soporte informático. (ESTA ES LA CORRECTA)
c) Sólo son documentos judiciales los expedidos por los órganos judiciales o los aportados por las partes.
d) Si los documentos son aportados por terceros sólo se considerarán judiciales los que hayan sido aportados mediante escrito.16/24 La decisión de la Junta de Expurgo respecto a los documentos judiciales que obren en soporte que no sea papel:
a) Podrá autorizar la enajenación de los mismos.
b) Sólo en los supuestos determinados en la normativa de archivos podrá autorizar la enajenación de los mismos.
c) Excepcionalmente podrá autorizar la enajenación de los mismos.
d) No podrá autorizar la enajenación de los mismos. (ESTA ES LA CORRECTA)POR FAVOR NECESITO LOS ARTÍCULOS DE LA LEY QUE JUSTIFICAN ESTAS RESPUESTAS. GRACIAS.
12 enero, 2008 a las 3:49 pm #300879Academia Opositas
ParticipanteHola rinconcito, a ver si puedo ayudarte, la segunda y la tercera no las tengo muy claras.
– primera, el art. 155.4 2ºpárr y 158 LEC., los supuestos determinados son la personación en juicio o la intervención personal …
– segunda, creo que se refiere al art. 150.2 LEC
– tercera, respecto los actos de comunicación en el procedimiento civil y de cualquier procedimiento, son un mandato de las leyes procesales para garantizar a los litigantes o a quienes puedan serlo la defensa de sus derechos e intereses legítimos, vamos creo que está relacionado con el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, art 24 CE
– cuarta, creo que en el enunciado debería decir cual es la correcta, es la
b) art. 1.4 del real decreto 937/2003, porque todas las demás son incorrectas.– quinta, art. 18.4 del real decreto, dice que en todo caso cuando no estén en soporte papel, se acordará su destrucción, y si te fijas en el art. 21.2 dice que los exp. que sean objeto de enajenación , deberán ser destinados por el adquirente excluxivamente a su tratamiento para posterior reutilización como papel de uso común.
Bueno, a ver si alguien mas te da su opinión. ánimo.
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