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duda procedimiento abreviado

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #299730
    mariquer69
    Participante

    Hola, yo sigo estudiando, pues pronto habrá una nueva convocatoria y tal.

    Me ha surgido una duda según art 788 lecriminal que dice así: conservando su validez los actos realizados, salvo que se produzca la sustitución del juez o miembro del tribunal en el caso del número 4 de dicho artículo, pues bien mirando dicho punto 4, no dice nada de sustitución del juez. ( no pueda continuar tomando parte en el juicio ni pueda ser reemplazado el último ( se refiere al defensor). Tambien dice a continuación que se entiendo aplicable al Fiscal. Reitero que no dice nada de la sustitución del juez… gracias un saludo.
    🙂

    #299731
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, creo que la referencia al número cuatro es a que enferme repentinamente, y que se refiere al juez o miembro del tribunal ya te lo indica el mismo art. 788 Lecrm.

    #299732
    mariquer69
    Participante

    muchas gracias neredu. debe ser como tu bien dices. un saludo.

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