A ver si alguién me puede resolver lo siguiente:
– Que se entiende actualmente por pena correccional, terminología todavía empleada por la Lecrim.?
– Por qué la Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice que contra las resoluciones del Juez del Menor cabe recurrir ante la Sala de Menores de los TSJ? No sería competente para el conocimiento de estos recursos la respectiva Audiencia Provincial? Hay Sala de Menores en los TSJ?
Muchas gracias