Hola a todos!!!!!!!!!!!!!!
He vuelto a empezar a estudiar porque parece que esto se mueve un poco. Me estoy preparando las oposiciones de Gestión y Tramitación a la vez, a ver qué pasa.
Hoy al repasar los actos de comuncación, me he dado cuenta de que hay dos cosas distintas. Me refiero a cuando el acto de comunicación no puede ser recibido por la persona interesada y la recibe otra persona, ya sea vecino, o alguien que está en ese momento en casa.
Pues bien, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su art. 172 dice que esa persona tiene ue ser mayor de 14 años, y en la Ley de Procedimiento Laboral, en su art. 57, dice que tiene que ser mayor de 16 años.
Alguien me podía resolver esta duda?.
Muchas gracias.
Elena.