Foros OPOSITAS

REGIMEN DISCIPLINARIO

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #295713
    hermione
    Participante

    Hola tengo la siguiente duda:
    para el caso de funcionarios destinados en CCAA con competencias asumidas ¿quién es competente para acordar la separacion del servicio en el caso de la comisión de una falta muy grave?
    Gracias y un salduo.

    #295714
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Hermione:
    nos redacta el Reglamento Disciplinario (el nuevo que ya está vigente) en su artículo 15.1.a:
    [i]”1. Serán órganos competentes para la imposición de las sanciones disciplinarias:
    a. El Ministro de Justicia para imponer la sanción de separación del servicio en todo caso.”[/i]

    Por lo que, la sanción de separación del servicio sólo podrá ser impuesta por el Ministro, sin importar que el funcionario esté o no en una CCAA con competencias asumidas.
    Un saludo 😉

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