Hola a todos, me surge una duda respecto a este señor, el cual me trae de cabeza.
Concretamente el problema viene de la pregunta 9 del test 2 del M.F., en la que se dice que los Fiscales Jefes de las Audiencias Provinciales pertenecen a la categoría segunda.
El artículo 35.2 de su Estatuto Orgánico nos dice que los Fiscales Jefes de los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales tendrán la categoría equiparada a la del respectivo Presidente.
Y yo me pregunto, por qué en el test me dice que pertenecen a la segunda categoría, no podrían pertenecer a la categoría primera o segunda según los casos?? O que categoría tiene “el respectivo Presidente”??
En fin, que no lo entiendo.
Gracias y saluditos.