En la pregunta nº 24 del test Penal 1-2004:
24. Son causa de recusación de los peritos:
a) El parentesco de consanguinidad dentro del 2º grado con el querellante o con el reo.
b) El interés directo o indirecto en la causa o en otra semejante.
c) La amistad íntima o enemistad manifiesta.
d) Todas las anteriores.
La respuesta que se da como correcta es la d), según el art. 416 en relación con el 464 LECr.
Sin embargo, creo que las causas de recusación de los peritos están recogidas en el art. 468 LECr., según el cual únicamente serían causas de recusación de los peritos la b) y la c), ya que el parentesco con el querellante o con el reo ha de ser dentro del 4º grado, no el 2º.
¿Qué respuesta sería la correcta?
A vuestra opinión lo someto.
Un saludo.