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11 marzo, 2004 a las 4:39 am #292129manolo9Participante
Hola.
Quería plantear una cuestión.
En la CE aparecen los tribunales de honor (art 26), excepción (117) y consuetudinarios y tradicionales (125). Quería preguntar las diferencias entre ellos. Yo algunas ya las sé pero me gustaría ver algún ejemplo de ellos y así me quedara más claro. Por ejemplo, no entiendo muy bien cuando dice “se prohibe…en el ámbito de la administración civil y de las organizaciones profesionales”. ¿Hay algún ámbito donde existan estos tribunales?
En el 19 LOPJ nos habla de los consuetudinarios pero ¿tienen relación con los de honor?
En fin, creo que con un ejemplo a lo mejor yo y otros muchos nos quede claro este tema.
Un saludo y gracias.11 marzo, 2004 a las 6:31 pm #292130CHUSTOParticipanteA ver si te puedo ayudar en algo. Hasta lo que yo sé, existen tribunales de honor en el EJERCITO, en cuanto a los consuetudinarios uno de los que todavía estan vigentes es el TRIBUNAL DE AGUAS DE VALENCIA, que tiene reconocimiento como su nombre indica en materia de uso de aguas en ese territorio y creo que hay otro más consuetudinario con vigencia. En cuanto al tribunal de excepción imagínate que se llega a declararse un ESTADO DE EXCEPCIÓN en el territorio español, pues bien, el tribunal que se encargaría de juzgar los delitos cometidos durante ese tiempo sería ese tribunal de excepción creado sólo para ese período. Lo siento no poder decirte más. Un saludo.
12 marzo, 2004 a las 2:03 am #292131Academia OpositasParticipanteHola, Manolo. Únicamente añadir a lo comentado por Chusto que además del Tribunal consuetudinario y tradicional de las Aguas de la Vega Valenciana, el otro Tribunal consuetudinario y tradicional que queda en vigor es el Consejo de Hombres Buenos de Murcia.
Lo tienes especificado en el art. 19 LOPJ, apartados 3 y 4. Creo que son los 2 únicos Tribunales de este tipo que quedan, ya que en tal art. no se menciona a ninguno más.
Espero haber podido aclarartelo un poco más. HASTA LUEGO.
12 marzo, 2004 a las 4:55 am #292132manolo9ParticipanteHola.
Lo primero es daros las gracias por contestarme.
Por desgracia esas respuestas ya las sabía yo, me refería principalmente a los tribunales de honor. No conozco el caso de ninguno por eso preguntaba si pudiera tener alguna relación con los consuetudinarios.
De todas formas gracias por vuestro interés en contestar.7 octubre, 2017 a las 7:47 pm #292133AnónimoInvitadoHOLA
Añadimos algo a este post y a la vez nos agrada saber que… los participantes en el mismo consiguieron aprobar las oposiciones
Tenemos un mail de un opositor actual que nos pregunta por esto y nos ha encantado poder ver esta respuesta en el foro de OPOSITAS
Añadimos respecto a los Tribunales de Honor
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=26&tipo=2
Saludos y GRACIAS
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